El mercado regulado en Portugal se basa en el principio de que las actividades del sector se han incorporado a la tarifa: la generación de electricidad, la transmisión en alta tensión, la distribución en alta, media y baja tensión y la comercialización o venta final.
En Portugal, la desregulación se produjo solamente en la producción y la comercialización, es decir, cada una de estas funciones puede ser ejercida de forma libre con la licencia correspondiente. No obstante, las actividades de transmisión y distribución permanecieron reguladas.
La transmisión de energía eléctrica es administrada por la REN (Redes Nacionales de Energía), mientras que la distribución la lleva a cabo la EDP Distribuição, empresa del grupo EDP.
Hay varias maneras en que los vendedores de energía eléctrica pueden adquirirla:
- A través del mercado spot (OMEL);
- A través la contratación a plazos (OMIP o subasta);
- A través de contratos bilaterales.
La cadena de valor del sector de la electricidad en Portugal se puede resumir de la siguiente manera:

Simultáneamente, existe la gestión técnica del sistema, que realiza REN, para garantizar la confiabilidad del sistema.
La tarifa
Dado que sólo la producción y comercialización de la electricidad se desreguló, la tarifa de venta a clientes finales en Portugal se divide en tres partes:
- Tarifa de ingreso al sistema;
- Tarifa de energía;
- Tarifa de venta.
La cuota de ingreso incluye las actividades reguladas que pagan todos los consumidores de electricidad en Portugal, ya sea en el mercado regulado o en el mercado desregulado. Esta cuota incluye las actividades del sector eléctrico que fueron liberadas y correcciones provenientes de saldos negativos de años anteriores o cambios estructurales, a saber:
- Tarifa de utilización de la red de transmisión;
- Tarifa de venta de concesionario de la Red Nacional de Transmisión (RNT);
- Tarifa de uso de la red de distribución;
- Tarifa de uso global del sistema (UGS).
La tarifa de ingreso permite que: todos los distribuidores tengan libre acceso en igualdad de condiciones a las redes de transmisión y distribución de electricidad bajo una licencia de comercialización.
En la tarifa de los clientes que opten por permanecer en el mercado regulado se refleja la tarifa de energía y la tarifa de venta de energía. Para los clientes del mercado libre, el costo de energía es acordado con el proveedor. El margen de venta es establecido por el proveedor.
La tarifa de uso global del sistema es el componente del precio de venta a clientes finales que incluye las correcciones del costo de energía resultantes del sobrecosto con la energía adquirida a los Productores en Régimen Especial (PRE).
Déficit tarifario y desviaciones
Cada componente de la tarifa debe reflejar los costos de la actividad que pretende pagar. En el mercado, el precio final del componente de energía resulta del encuentro entre la oferta y la demanda, por lo que el valor de la energía debe reflejar los costos marginales de producción de electricidad. Sin embargo, el valor de la tarifa de energía no refleja los costos de producción por razones externas al mercado.
Dos factores contribuyen a la falta de correspondencia entre el valor expresado en la tarifa regulada y el precio a los clientes del mercado liberalizado:
- Déficit tarifario;
- Desvíos.
El concepto de déficit tarifario es la suposición del regulador de que el valor que propondrá para la tarifa de energía (componente del precio de venta a clientes finales que expresa el costo con la compra de energía) no es suficiente para cubrir los costos de producción. No es posible reflejar ese valor en la tarifa para el año en curso. Se creó entonces un déficit que, tal como está regulado, se diluirá en la tarifa de los cinco años siguientes. Los déficits del 2006 y 2007 se diluyeron en el tiempo de modo que serán pagados en 10 años, según la ley.
La desviación se registra cuando, al final del año, el regulador verifica que el componente previsto de la tarifa de energía no fue suficiente para reflejar los costos del mercado o dio origen a un superávit, una vez que previó el precio de la electricidad en alza. El costo extra, o sobrecosto se diluye o descuenta de la tarifa de los próximos dos años.
El déficit y el desvío con saldo deficitario negativo son distintos ya que el primero se calcula, a priori, mientras que el segundo se comprueba a posteriori. Ambos son un costo adicional en la compra de energía que los consumidores tendrán que pagar en el futuro. El desvío con salto positivo es, al igual que la desviación con un saldo negativo, verificado a posteriori, lo que implica un descuento en los años siguientes a la realización de una verificación.
El año 2008 fue un año atípico en la evolución del valor de los productos básicos y la electricidad no fue una excepción. Desde que la formación de la tarifa de venta al cliente final no incluía un mecanismo de control para hacer frente a variaciones extremas en los precios de la energía en el mercado, el Decreto-Ley 65/2008 amplió el plazo para el pago de una desviación extrema producida en un año. El desvío que se produjo en el año 2008 se pagará en 15 años por todos los consumidores, a partir de 2010.
Producción en régimen especial
La producción de régimen especial refleja un tipo de generación de electricidad que es ventajosa en términos medioambientales y, en algunos casos más eficientes. El estatuto de PRE está en consonancia con los objetivos establecidos en el 2005 para diversificar las fuentes de energía primaria.
Las PRE son las fuentes de generación de electricidad reconocidas como renovables junto con la cogeneración:
- Energía eólica;
- Mini-hidráulica (rendimiento hidroeléctrico con potencia instalada no superior a 30 MW);
- Solar;
- Biomassa;
- Biocombustibles.
La cogeneración es un proceso de generación de energía que utiliza gas natural como combustible, lo que resulta en calor (vapor o agua caliente) que es utilizado por las industrias a las que las plantas de cogeneración están conectadas. Gracias a este aprovechamiento del calor, la eficiencia del proceso de cogeneración es de alrededor de 80%.
Estas tecnologías son favorecidas en dos formas:
- Son las primeras que se utilizan, o sea, tienen prioridad en la puesta en práctica. Su producción entra en operación antes que cualquier otra tecnología, como el carbón, el gas (ciclo combinado), los combustibles, o que las grandes centrales hidroeléctricas. La electricidad generada por cogeneración tiene un acceso prioritario a la red;
- Se les paga a través de una tarifa propia, superior a la tarifa regulada, y que se traduce en beneficios para el país provenientes del hecho de que son las tecnologías menos contaminantes y más eficientes.
La energía producida a través de las PRE se paga por encima de sus costos marginales de producción. El PRE no se considera para la fijación de precios diarios.
Sin embargo, el hecho de que el comerciante de Último Recurso (CUR) tiene que comprar toda la producción del régimen especial, según lo estipulado en el artículo 49 del Decreto-ley n º 29/2006, hace que tenga que comprar una menor cantidad de energía eléctrica en el mercado. Como tal, la curva de oferta del mercado se desplaza para que el encuentro entre la oferta y la demanda se produzca en un punto más bajo de la curva de demanda, resultando en un menor costo de la energía del mercado diario.
El costo adicional con las PRE, que se incluye en la tarifa de ingreso, es la diferencia entre el importe pagado por la energía producida a través de producción de régimen especial y el precio resultante del encuentro entre la oferta y la demanda en el mercado diario.